Acuerdo de transferencia del diseño

Última revisión: 9 de enero de 2019

Este Contrato regula la venta y transmisión o la licencia de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de Diseños creados por un Diseñador para un Cliente a través de 99designs.

Este Contrato será aplicable a usted en su calidad de Cliente o Diseñador en relación con la venta y transmisión o licencia de un Diseño.

Cuando un Cliente selecciona un Diseño ganador en su Concurso de Diseño, se entenderá que el Cliente y el Diseñador han suscrito un contrato legalmente vinculante para el suministro de dicho Diseño por el Diseñador al Cliente, en cada supuesto, conforme a los términos de este Contrato según se establece a continuación, salvo que el Cliente y el Diseñador acuerden otra cosa por escrito de forma independiente.

Partes

Las partes de este Contrato son el Cliente y el Diseñador ganador que el Cliente seleccione en un Concurso de Diseño organizado por el Cliente, según corresponda (el "Diseñador Vendedor"). Si hay más de un Diseñador Vendedor, se entenderá que el Cliente otorga un contrato independiente con cada Diseñador Vendedor conforme a los términos de este documento.

Fecha de este contrato

Este Contrato se otorga entre el Cliente y el Diseñador Vendedor en la fecha en la que el Cliente seleccione el correspondiente Diseño (el "Diseño Transmitido") como parte de un Concurso de Diseño.

Contrato de servicios de 99designs

Al utilizar 99designs.com usted acepta quedar vinculado por nuestras Condiciones de Uso de 99designs. Puede encontrar una copia del dicho contrato aquí.

Cuando exista una contradicción entre los términos de este Contrato, cualquier otro contrato entre usted y otro Cliente o Diseñador, y el Contrato de Servicios, dichos documentos tendrán el siguiente orden de preferencia:

  1. Primero, el Contrato de Servicios prevalecerá sobre el resto de documentos; y
  2. Segundo, el contrato independiente suscrito entre usted y otro Cliente o Diseñador prevalecerá sobre este Contrato (con independencia de las cláusulas 4(c) y 5 de este Contrato, que prevalecerán sobre dicho contrato independiente).

Términos

Los siguientes términos y condiciones serán de aplicación a usted tanto en su calidad de Cliente como de Diseñador.

1. Definiciones

Los términos definidos en el Contrato de Servicios tendrán el mismo significado en este Contrato.

2. Suministro del diseño

El Diseñador acuerda en este acto suministrar y entregar el Diseño Transmitido al Cliente de conformidad con las obligaciones del Diseñador establecidas en el Contrato de Servicios.

3. Cesión de los derechos de propiedad intelectual e industrial

a) Esta cláusula será de aplicación cuando un Cliente haya comprado el Diseño Transmitido conforme a un Concurso de Diseño.

b) Si esta cláusula es de aplicación, con la recepción del pago del Diseño Transmitido en Créditos Dólar de 99designs (conforme a los términos del Contrato de Servicios), el Diseñador cede en este acto al Cliente todos Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial que tenga o pueda tener en el futuro sobre el Diseño Transmitido.

4. Incorporación de derechos de propiedad intelectual e industrial titularidad de terceros

a) El Diseñador garantiza que, antes de suministrar el Diseño Transmitido al Cliente, habrá informado al Cliente sobre cualesquiera Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en el Diseño Transmitido que puedan ser titularidad de terceros.

b) Si el Diseño incorpora los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de un tercero:

  1. El Diseñador garantiza que ha obtenido una licencia del correspondiente tercero para incorporar los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de dicho tercero en el Diseño (la "Licencia del Tercero");
  2. Si la Licencia del Tercero permite la cesión al Cliente, el Diseñador cede y transmite en este acto al Cliente, y el Cliente acepta en este acto la cesión y transmisión de, la Licencia del Tercero y todos los derechos y obligaciones del Diseñador al amparo de la Licencia del Tercero;
  3. Si la Licencia del Tercero no permite la cesión al Cliente:
    1. El Diseñador deberá comunicar esta circunstancia al Cliente antes de entregarle el Diseño Transmitido y antes de la conclusión del correspondiente Concurso de Diseño (en su caso);
    2. El Diseñador garantiza que el Cliente pueda obtener una Licencia del Tercero sobre el Diseño Transmitido en su propio nombre; y
    3. Antes de la conclusión del Concurso de Diseño (en su caso) o del suministro del Diseño Transmitido al Cliente, el Diseñador deberá comunicar al Cliente cómo y dónde podrá obtener en su propio nombre la Licencia del Tercero sobre el Diseño Transmitido, así como el coste de dicha obtención.
    4. El Diseñador garantiza que, salvo que el Diseñador establezca expresamente lo contrario antes de suministrar al Cliente el Diseño Transmitido y antes de la conclusión del Concurso de Diseño (en su caso), la Licencia del Tercero otorga al Cliente un derecho en todo el mundo, libre de royalties e indefinido para mostrar, distribuir y reproducir (de cualquier forma) los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial del tercero contenidos en el Diseño Transmitido.

c) El Diseñador se compromete en este acto a indemnizar y a mantener indemnes al Cliente, a 99designs y a los terceros proveedores de 99designs (las "Partes Indemnizadas") frente a cualquier pérdida, coste, gasto o daño (incluidas costas procesales en su integridad) que se pueda generar a las Partes Indemnizadas o en el que éstas puedan incurrir como consecuencia de un incumplimiento por parte del Diseñador de cualquier estipulación de las cláusulas 3, 4 y 5.

5. Responsabilidad de 99designs y de sus terceros proveedores

a) Usted reconoce y acepta que:

  1. 99designs y sus terceros proveedores no son partes de este Contrato; y
  2. 99designs y sus terceros proveedores no vendrán obligados ni serán responsables por ningún incumplimiento de este Contrato por ninguna de las partes del mismo.

b) No obstante la cláusula 5(a), usted acepta que 99designs y sus terceros proveedores puedan confiar en, y beneficiarse de, las estipulaciones indemnizatorias establecidas en la cláusula 4(c).

6. Estipulaciones varias

a) Toda notificación entregada en virtud de este Contrato deberá efectuarse por escrito y estar firmada por la parte que entregue la notificación o por su agente. Se entenderá que se ha recibido una notificación:

  1. En el caso de notificaciones entregadas en mano, cuando se entreguen;
  2. En el caso de notificaciones remitidas por correo con portes pagados, el tercer día después de la fecha de su entrega en correos;
  3. En el caso de notificaciones enviadas por fax, con la recepción por el remitente del informe de transmisión de la máquina de fax de envío, que confirme que el fax se ha enviado con éxito; o
  4. En el caso de notificaciones remitidas por correo electrónico, con la recepción por el remitente de una confirmación del destinatario o del servidor de correo del destinatario, de la recepción del correo electrónico por el destinatario.

b) Si cualquier estipulación de este Contrato fuera declarada nula o no aplicable por cualquier motivo por un juzgado o tribunal competente, dicha nulidad o no aplicabilidad (salvo que la eliminación de la citada estipulación afecte adversamente de forma sustancial a alguna de las partes) no afectará a la aplicación ni a la interpretación de ninguna otra estipulación de este Contrato, considerándose la estipulación nula o no aplicable como eliminada de este Contrato.

c) Este contrato se regirá y deberá interpretarse de conformidad con las leyes del Estado de Victoria, Australia, y las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de los juzgados y tribunales del Estado de Victoria, Australia y a sus Tribunales de Apelación.